viernes, 5 de octubre de 2007

Roma



Fundación
La ciudad de Roma surgió de los asentamientos de
tribus latinas que habitaban en las siete colinas, en la confluencia entre el río Tíber y la Vía Salaria, a 28 km del mar Tirreno. En este lugar el Tíber tiene una isla donde el río puede ser atravesado a pie. Debido a la proximidad del río y del vado, Roma estaba en una encrucijada de tráfico y comercio.
Alrededor del
siglo VIII adC los asentamientos se unificaron bajo el nombre de Roma Quadrata. La leyenda cuenta, que Roma fue fundada por Rómulo el 21 de abril de 753 adC. Rómulo, cuyo nombre se dice habría inspirado el nombre de la ciudad, fue el primero de los siete Reyes de Roma. Los historiadores romanos dataron la fundación en el 753 adC, y desde esa fecha contaron sus años.

Monarquía
La naciente ciudad-estado es gobernada por un rey (rex) elegido por un consejo de ancianos (senatus). Los reyes míticos o semi-míticos son (en orden cronológico):
Rómulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio, Lucio Tarquinio Prisco, Servio Tulio y Lucio Tarquinio el Soberbio. El último de ellos, Lucio Tarquinio el Soberbio, fue derrocado en el año 509 adC cuando la República Romana fue establecida.

República romana
La República romana fue establecida el año
509 adC, según los últimos escritos de Tito Livio, cuando el rey fue desterrado, y un sistema de cónsules fue colocado en su lugar. Los cónsules, al principio patricios pero más tarde plebeyos también, eran oficiales electos que ejercían la autoridad ejecutiva, pero tuvieron que luchar contra el senado romano, que creció en tamaño y poder con el establecimiento de la República. En este periodo se fraguarían sus instituciones más características: el senado, las diversas magistraturas, y el ejército.
Los romanos sometieron gradualmente a los ocupantes de la península itálica, la mayoría emparentadas con las tribus itálicas (de origen indo-europeo; como los
samnitas) pero también etruscos. La última amenaza a la hegemonía de Roma en Italia llegó cuando Tarentum, una gran colonia griega, ayudó a Pirro de Epiro en 282 adC.
En la última mitad del
siglo III adC, Roma se enfrentó con Cartago en las dos primeras Guerras Púnicas, conquistando Sicilia e Iberia. Después de derrotar a Macedonia y la Dinastía Seléucida en el siglo II adC, el naciente estado logra una enorme expansión tanto política como económica, extendiéndose por todo el Mediterráneo.
Mientras, los conflictos entre
patricios y plebeyos caracterizaron la pugna política interna durante todo el periodo republicano, sólo paulatinamente lograrán los plebeyos la plena equiparación política (aunque no social).
La expansión trae consigo profundos cambios en la sociedad romana. La inadecuada organización política (pensada para una pequeña ciudad-estado y no para el gran territorio que es ya Roma) se hace patente para algunos, pero todos los intentos de cambio son bloqueados por la
ultraconservadora élite senatorial. El enfrentamiento entre las diversas facciones produce en el siglo I adC una crisis institucional, que conducirá a diversas revueltas, revoluciones y guerras civiles.

Imperio romano
El vencedor ulterior de todas estas guerras civiles,
César Augusto, abolirá de facto la república y consolidará un gobierno unipersonal y centralizado de todo el territorio, conocido como Imperio Romano. A partir de este momento, la estabilidad política del imperio quedará ligada al carácter de los emperadores que sucederán a Augusto, alternándose los periodos de paz y prosperidad con las épocas de crisis.
Augusto, que inaugura la dinastía Julio-Claudia, representa el periodo de máximo esplendor del imperio. A esta dinastía, terminada en el año
68 por el infausto Nerón le seguirá el periodo de inestabilidad conocido como el año de los cuatro emperadores, donde se impondrá Vespasiano, que inaugurará la dinastía Flavia, de origen no patricio. Les seguirán del año 96 al 180 los llamados "cinco emperadores buenos" (Nerva, Trajano, Adriano, Antonio Pío y Marco Aurelio), en la considerada "edad de plata" del Imperio.
Septimio Severo comienza el periodo de monarquía militar, y el fin de su estirpe llevará al caos, un largo periodo de luchas intestinas por el poder donde los emperadores, nombrados por sus legiones, se suceden ininterrumpidamente.

Caída del imperio
Diocleciano (284 - 305) emprenderá una gran reorganización del Imperio, instituyendo la Tetrarquía. Su sucesor Constantino I el Grande será el último emperador del imperio unificado. Poco después, el emperador Teodosio divide el Imperio entre sus dos hijos, Arcadio y Honorio. Éste se dividiría en el Imperio Romano de Oriente —con sede en Constantinopla— e Imperio Romano de Occidente.
El Imperio Romano de Oriente fue muy rico y avanzado culturalmente y sobrevivió durante aproximadamente mil años más.
Constantino también institucionalizará el
cristianismo, al hacerlo religión oficial del Imperio.
Las
invasiones bárbaras pondrán la puntilla a un moribundo Imperio Occidental, dando paso a la Edad Media. El último emperador de Occidente, Rómulo Augústulo, será depuesto en el 476 por Odoacro, un godo. El Imperio de Oriente proseguirá su existencia bajo la denominación de Imperio Bizantino hasta la caída de Constantinopla en el año 1453.

Estructura social y política
La primera estructura social y política de los
latinos fue la familia: el padre (páter familias), la esposa (unida al padre de familia por el rito sagrado de la torta), los hijos, las esposas de los hijos, los hijos de los hijos, y las hijas no casadas. De la agrupación de algunas familias del mismo tronco, surgieron las gens, y de un conjunto de familias surgieron las tribus.
La familia está formada por los más próximos (agnados) pero, a medida que la familia se extiende, se forma la
gens o raza de un tronco común, integrada por la familia propiamente dicha (adnati) y por los gentiles, todos aquellos procedentes del mismo antepasado.
¿Cómo se produce la unión de los diversos grupos, sea de
gens o de tribus? Cada grupo tiene un punto común de encuentro, generalmente para el culto religioso (aunque no exclusivamente para tal fin), punto que constituye el embrión de las cívitas (ciudades).

La ciudad
La fundación de Roma se atribuye a tres tribus: los
Ramnes, los Ticios y los Lúceres. Estos tres grupos fundaron la llamada Roma Quadrata en el Monte Palatino. Otra ciudad fundada por otro u otros grupos en el Quirinal, se unió a la Roma Quadrata, surgiendo así la civitas ('ciudad') llamada Roma.
A los primeros ciudadanos romanos se les llama
patricios (o patres), porque o bien son padres de familia (páter familias) o bien son hijos de padres de familia vinculados a la obediencia paterna (los hijos varones no alcanzaban la condición de padre de familia hasta que el padre moría y se independizaban, pero se daba por descontado que alcanzarían esta condición).
Los hijos de los
patricios, al cumplir 17 años (más tarde la edad fue rebajándose hasta los 14 años) adquirían la condición de ciudadanos plenos (con tal motivo celebraban una festividad en que dejaban de vestir la toga praetexta propia de los muchachos y se colocaban la toga virilis, propia de los hombres), pero continuaban sujetos a la potestad del padre hasta que este moría.
A los
patricios corresponde el derecho pleno de ciudadanía: forman el pueblo y son de entre los habitantes los de clase social más elevada. Sus derechos eran: el sufragio, el desempeño de los cargos públicos políticos o religiosos, el derecho a asignación de tierras públicas, los derechos civiles propios de las gens (tutela, sucesión, potestad, etc.), el derecho de contraer matrimonio con otros miembros de las gens, el derecho de patronato, el derecho de contratación (el único que se extendía también a los no patricios libres) y el derecho a hacer testamento (el conjunto de estos derechos constituía el ius qüiritium o ius cívitatis). Como deberes citaremos: el servicio militar, y el deber de contribuir con ciertos impuestos al sostenimiento del Estado.

Ciudades dependientes de Roma
Cuando una ciudad se sometía a Roma a discreción, sus ciudadanos quedaban con el estatuto jurídico de Dediticios (Dediticius).
Aunque la mayoría de las ciudades sometidas a discreción lo fueron después de la primera guerra púnica, probablemente la institución es anterior.
Roma se reservaba la soberanía eminente sobre estas ciudades, pero les devolvía el usufructo, con excepción del ager publicus. Roma reconoció la autonomía de alguna de estas ciudades pero sus tierras quedaron sometidas al diezmo de la cosecha, y en caso de exenciones, estas se daban a título personal (por ejemplo a los habitantes de una ciudad aunque cultivaran tierras en otra ciudad). El diezmo se pagaba generalmente en especie y el beneficio permitido al recaudador era limitado.
Las ciudades sometidas a Roma, con su territorio rural incluido, no tenían derecho a declarar la guerra por su cuenta, pero debían declarar la guerra forzosamente en caso de que Roma lo hiciera. También tenían prohibido hacer convenios de ningún tipo con otros Estados o Ciudades. Además no podían acuñar moneda y eran las monedas romanas las que tenían curso legal en todas estas ciudades.
Había varios tipos de ciudades vinculadas a Roma:
Ciudades de derecho romano. Algunas ciudades recibieron el derecho completo de ciudadanía romana (civitas optimo jure), especialmente las antiguas ciudades aliadas de la Liga Latina, las ciudades Sabinas y gran parte de las del País Volsco. Junto a ellas estaban las colonias que disfrutaban del derecho de ciudadanía.
Ciudades latinas. Las ciudades sujetas llamadas Latinas eran las otras ciudades de la Liga Latina que no habían recibido el derecho de ciudadanía, y las colonias de derecho latino (es decir las colonias que no tenían derecho de ciudadanía). Los latinos y los romanos eran iguales en sus relaciones privadas, en los negocios, el comercio y las sucesiones.
Ciudades sin voto. Estaban en tercer lugar las ciudades con derecho de civitas pero sin voto (civitas sine suffragio), que aunque podían llamarse ciudadanos, debían soportar todas las cargas cívicas (reclutamiento militar, impuestos ordinarios, servicios y contribuciones especiales) sin compensación (sin derecho a votar). Estas ciudades estaban administradas para los asuntos judiciales por un Prefecto anual designado por el Pretor de Roma. Su administración civil estaba en manos de sus propios magistrados locales, generalmente de la aristocracia.
Ciudades confederadas no latinas. Finalmente estaban las ciudades confederadas no latinas, cuyos derechos quedaban establecidos por los tratados particulares concertadas con cada una de ellas. Estas ciudades suministran contingentes al ejército en cuantía prefijada de antemano, siendo el equipamiento del contingente a cargo de la ciudad. Igualmente estas ciudades estaban gobernadas por magistrados locales surgidos de la aristocracia.

El rey
Gobierna Roma un rey, representante de la institución monárquica, al que corresponde todo el poder (imperium) y dicta las órdenes (
dictador), el cual era elegido entre el pueblo como jefe de una gran familia política (mágister pópuli).
Auxilian al rey los líctores, alguaciles que le precedían en sus actuaciones con el
hacha y las varas. En su ausencia los poderes administrativos correspondían a un delegado (praefectus urbis). Si el rey no designaba sucesor los ciudadanos designaban en el interregno, por un periodo de cinco días, a un ínter rex, y después se elegía un nuevo rey, o bien se designaba un nuevo ínter rex por otros cinco días con facultad de designar nuevo jefe.

El senado
Frente al rey se erige la institución del Consejo de Ancianos (
senatus) para contrabalancear a la institución real.
Los primeros senadores son los representantes designados por cada gens. Tienen carácter vitalicio. Como el número de gens es invariable (las sucesivas familias surgen siempre de un tronco común y por tanto se integra en alguna de las gens existentes) también es invariable el número de senadores.
No obstante había una excepción: cuando un senador moría el rey estaba facultado para nombrar un sustituto temporal (hasta la designación del sustituto designado por la gens). La costumbre del nombramiento real acabó concediendo al rey la elección de los
senadores.
El senado era un órgano meramente consultivo, pero como emanación del pueblo, el rey lo convocaba a menudo y consideraba sus propuestas. Sus reuniones se celebraban en el comitium (
foro) en una sala llamada bule.

Clases sociales
La
sociedad romana, como muchas otras sociedades antiguas, se basaba en la desigualdad, y, como en toda sociedad desigual e injusta, la tensión entre las clases y su dialéctica es el motor de su historia y su principal característica.
Las clases que se distinguieron fueron cinco: patricios, plebeyos, esclavos, clientes y libertos. La tensión entre patricios y plebeyos y las rebeliones de los esclavos fueron las más importantes noticias políticas; las tres primeras fueron las clases con mayor actividad política; las otras dos, menos.
Esta organización social no fue estática durante toda la historia de la antigua Roma. Hubo tensiones, cambios, evolución.

El censo
Este sistema de reclutamiento en razón de los bienes poseídos, hizo necesario establecer un
censo de propiedades y transmisiones, que se revisaba cada cuatro años. Un efecto inmediato fue el de dividir a la sociedad romana: a la división ya existente entre patricios y plebeyos, se añadía ahora la división entre propietarios (los que tienen tierra, sean ciudadanos o no) y proletarios (es decir los que crían hijos, mayoritariamente plebeyos, pero también con algunos ciudadanos arruinados o desposeídos por sucesivas particiones). El censo se hacía cada cuatro años. Al año siguiente se hacían sacrificios (lustrum) y los encargados del censo o censores renunciaban a sus cargos.

La justicia
El censo se creó en el año 212 adC.
La jurisdicción se concentra en la ciudad, y en la fase monárquica en el Rey, que tiene su "tribunal" y ordena (jus o ius) en los días establecidos (díes fasti) sentándose en la llamada "silla curul" (sella curulis) auxiliado por los alguaciles (líctores), y frente a las partes litigantes (rei).
Algunos delitos tienen jueces especiales:
Los duoviri perduellionis para la insurrección.
Los quaestores paricidii para el asesinato.
Unos funcionarios especiales, llamados los tres viri nocturni se ocupan de las cuestiones relacionadas con incendios nocturnos, policía de seguridad y vigilancia de ejecuciones.
La
tortura sólo puede aplicarse a los esclavos.
La
detención preventiva es la norma general.
La
pena capital era aplicable a quien alterara la paz pública, y por otros delitos. Tenía varias formas:
A los testigos falsos se les arrojaba desde una altura (La Roca Tarpeya) era el destino de los traidores.
A los ladrones de
mieses se les colgaba.
A los incendiarios se les quemaba vivos.
Existía el derecho de recurso (provocatio). El
indulto correspondía al pueblo.
Se daban además algunos tipos especiales de indultos:
El que se arrodillaba ante un sacerdote de
Júpiter no podía ser apaleado en veinticuatro horas.
El que entraba encadenado en su propia casa debía ser desatado.
El criminal que al dirigirse a una ejecución se tropezaba con una
vestal (virgen, especie de sacerdotisa), era perdonado.
Las penas aplicadas más frecuentemente eran las
multas (pagadas con la entrega de bueyes u ovejas) y el apaleamiento.
Los juicios civiles eran juzgados por el rey o por un comisario designado por este. La reparación se verificaba a menudo por vía de transacción, y si no había acuerdo la
pena (poena) era fijada por el juzgador.
En caso de robo el
ladrón podía pagar una reparación satisfactoria. Si no podía o era irreparable el ladrón se convertía en esclavo del robado. En los casos de injurias se concertaba una indemnización. En los casos de lesiones podía reclamarse el Talión (es decir provocar el mismo daño).

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